dudas con mi carnet B-1
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dudas con mi carnet B-1
tengo una vespa de 150 de 1961 q no pasa de los caballos permitidos ¿ puedo llevarla con el carnet de conducir del coche?
TITI- 50 c.c.
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Re: dudas con mi carnet B-1
Definitivamente, no.
nanojavi- 160 c.c.
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Re: dudas con mi carnet B-1
seria muy complicado bajarla de cilindrada? Es q mi problema es q no tengo el carnet de moto y la vespa q tengo es de 150 y la estoy restaurando.
TITI- 50 c.c.
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Fecha de inscripción : 22/02/2010
Re: dudas con mi carnet B-1
Bajarle la cilindrada en papeles es dificil y caro. Entre papeleos y tal, creo que saldria mas barato sacarte el carnet de moto.
nanojavi- 160 c.c.
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Edad : 37
Localización : Zaragoza
Moto: : Vespa Super '67
Fecha de inscripción : 20/03/2009
Re: dudas con mi carnet B-1
nanojavi escribió:Definitivamente, no.
Pero esto del carnet...no va por caballos en vez de cilindrada??
MIGUE ANGEL- 50 c.c.
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piaggio xevo 125
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Re: dudas con mi carnet B-1
Existe el carnet A-1 (o el convalidado con el del coche) que es hasta 125cc. Luego, el A es de mas de 125 cc pero durante los dos primeros años esta limitada a 34 cv. El tema de los nuevos carnets ya lo desconozco.
nanojavi- 160 c.c.
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Moto: : Vespa Super '67
Fecha de inscripción : 20/03/2009
Re: dudas con mi carnet B-1
El decreto del Gobierno dice esto:
Con objeto de mejorar la fluidez de la circulación en los núcleos urbanos y de reducir, en general, el consumo de combustible y los niveles de contaminación, se permite que los conductores en posesión de permiso de conducción de la clase B, que autoriza la conducción de turismos, con una antigüedad superior a tres años puedan conducir en territorio nacional motocicletas con una cilindrada máxima de 125 centímetros cúbicos, una potencia máxima de 11 kilovatios y una relación potencia/peso no superior a 0,11 kilovatios/kilogramo.
Ojo que quede claro que solo puedes conducir en España.
Saludos.
Con objeto de mejorar la fluidez de la circulación en los núcleos urbanos y de reducir, en general, el consumo de combustible y los niveles de contaminación, se permite que los conductores en posesión de permiso de conducción de la clase B, que autoriza la conducción de turismos, con una antigüedad superior a tres años puedan conducir en territorio nacional motocicletas con una cilindrada máxima de 125 centímetros cúbicos, una potencia máxima de 11 kilovatios y una relación potencia/peso no superior a 0,11 kilovatios/kilogramo.
Ojo que quede claro que solo puedes conducir en España.
Saludos.
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